Los Kuna de Panamá
En 1988 el Proyecto de Estudio para el Manejo de Areas Silvestres
de Kuna Yala (PEMASKY) y la Asociación de Empleados Kuna
(AEK)
de Panamá elaboraron un manual para reglamentar la investigación
científica en su zona.
En él se exige a los investigadores lo siguiente:
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Elaborar una propuesta indicando la duración, el alcance y el
impacto ambiental y cultural potencial de un programa de investigación,
para que la apruebe el Comité Científico del PEMASKY; |
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Obtener la aprobación del Comité Científico del
PEMASKY para la recolección de especies. En ellas no se podrán
incluir especies en peligro ni tampoco se las podrán usar para fines
comerciales; su uso deberá ser no destructivo; |
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Seguir un curso de orientación sobre la cultura de los Kuna
Yala y respetar las normas de las comunidades en las que trabajen; |
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Incluir colaboradores, asistentes, guías e informadores Kunas
en su programa de investigación y brindarles capacitación
en técnicas científicas pertinentes; |
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Dejar en el PEMASKY muestras de todos los especímenes (para
las colecciones en la Universidad de Panamá) y copias de
las fotografías o diapositivas tomadas durante el programa de investigación; |
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Presentar al PEMASKY informes por escrito de la investigación,
y dos copias de cualquier publicación, en español, así
como descripciones de todas las especies nuevas para la ciencia; |
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No introducir especies exóticas de plantas ni de animales ni
manipular genes. |
Además, se limita la investigación a ciertas zonas de
la reserva, se la prohibe en algunos sitios, como los ceremoniales o sagrados,
y se la controla en otros específicos, como las zonas de selva administradas
por la comunidad.
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La Federación Awa y el NYBG
En abril de 1993, el Jardín Botánico de Nueva York
(NYBG)
y la Federación Awa, una institución de carácter
jurídico que administra la tierra comunal propiedad de los Awa de
Cachi, Ecuador, firmó un acuerdo por dos años para la investigación
científica académica. El acuerdo incluye lo siguiente:
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Todos los científicos tienen que solicitar por escrito el permiso
para realizar estudios, describiendo sus objetivos, el tamaño y
la composición del equipo de investigación, la duración
del programa de investigación, las especies o el objeto del estudio
y la forma en que esa investigación beneficiará a la comunidad
Awa; |
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El pedido del permiso debe presentarse con dos meses de antelación
como mínimo porque las comunidades dispersas sólo se reúnen
cuatro veces al año durante cuatro días; |
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Los grupos de investigadores se limitarán a cinco personas; |
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Guías e informantes locales deben acompañar a los científicos; |
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Está prohibido sacar cualquier objeto del territorio Awa sin
la aprobación de la Federación; |
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Los pagos a los miembros de la Federación Awa por sus servicios
deberán ser conformes a los precios fijados por ella; |
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La Federación Awa debe ser mencionada oficialmente por su colaboración
en todas las publicaciones. |
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